MAQUILA
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El Régimen de Maquila es un sistema de producción de bienes y prestación de servicios, cuyo objetivo es el desarrollo industrial, la creación de empleo y el incremento de las exportaciones. La producción o prestación se realiza por cuenta y orden de una empresa domiciliada en el extranjero, la cual se denomina matriz. En virtud de un contrato internacional todo lo que se produce en territorio nacional se exporta a cualquier parte del mundo.
La maquila ofrece una oportunidad única a inversionistas que quieran aprovechar las condiciones preferenciales que ofrece el Paraguay así como las ofrecidas por el régimen de maquila para aumentar considerablemente su competitividad.
En el Paraguay el Régimen de Maquila fue creado por la Ley Nº 1064 del año 1997 «De la Industria Maquiladora de Exportación» y está reglamentado por el Decreto Nº 9585 del año 2000, cuyo principal objetivo es el de promover el establecimiento y regular las operaciones de las empresas maquiladoras en el Paraguay.
Desde sus inicios, este régimen ha demostrado ser una herramienta genuina de apoyo al desarrollo de la economía nacional. Con la maquila, no solamente productos con sello «made in Paraguay/ fabricado no Paraguay / Hecho en Paraguay» han recorrido el mundo entero haciendo conocer la capacidad productiva de nuestro país, sino que además es fundamental para la generación de puestos de trabajo y para dinamizar nuestra economía.
El CNIME
El Consejo Nacional de la Industria Maquiladora de Exportación (CNIME) es el órgano impulsor de las políticas maquiladoras en el Paraguay. Está presidido por el Ministerio de Industria y Comercio e integrado por los Ministerios de Economía y Finanzas, de Relaciones Exteriores, el Banco Central del Paraguay. Sus principales funciones son:
a) Formular y evaluar los lineamientos generales y por ramas de políticas para el fomento y operación de las industrias maquiladoras y establecer las estrategias a seguir con el fin de lograr la máxima integración al sistema de las materias primas e insumos nacionales, a través de la subcontratación y apoyar el proceso de asimilación y adaptación de las tecnologías a ser incorporadas por estas empresas;
La Secretaría Ejecutiva del CNIME, es la encargada de velar por la aplicación de todo lo establecido en la Ley y sus reglamentos. Esta secretaria se ocupa de impulsar las actividades tendientes a la generación de condiciones normativas y operativas óptimas para el desarrollo del régimen. También se encarga de la promoción de los beneficios del régimen de Maquila, con el fin de atraer mayores inversiones, generar puestos de empleo, capacitación y adiestramiento en los ciudadanos, diversificar la oferta exportadora y generar mayores ingresos de divisas netas al país. Entre los servicios que ofrece la Secretaria Ejecutiva del CNIME figuran:
ASISTENCIA
Asistencia técnica para la correcta presentación de programas y gestión de trámites, facilitación de informaciones y conexiones con diversos ministerios, con el sector privado y entidades financieras, entre otros
OPERACIONES
Procesamiento y verificación de las operaciones de comercio exterior de las empresas maquiladoras en el marco de su programa de maquila de exportación.
FOROS
Participación en foros, eventos, ferias y misiones oficiales relacionadas a la atracción de inversiones y fomento de las exportaciones.
OTRAS
Otras funciones relacionadas a la operativa del sector maquilador.
INSCRIPCION Y APROBACION DE PROGRAMAS DE MAQUILA
El proceso operativo del régimen de maquila, desde su inscripción hasta la operativa final que es la emisión del informe de cuenta corriente, es totalmente electrónico y se gestiona desde el sistema integrado de maquila de exportación (SIMEX).
Existen las siguientes modalidades y tipo de operación de programa de maquila:
- Maquila Pura: solo para exportación
- Maquila por capacidad ociosa: para exportación y venta en el mercado local. Para las ventas locales se deberán abonar todos los tributos locales.
- Maquila albergue o shelter: no realiza proceso productivo pero sí una intermediación para la exportación.
Antes de la presentación de la solicitud de aprobación del programa de maquila, el solicitante deberá inscribirse como empresa maquiladora, a través de la Ventanilla Única del Exportador (http://www.vue.org.py). La Secretaría Ejecutiva del CNIME otorgará la correspondiente Constancia de Inscripción, la cual tendría una validez de 90 días para presentar el Programa de Maquila.
COSTO
Gratuito
TIEMPO DE TRAMITACIÓN
90 días
VALIDEZ
No tiene fecha de caducidad.
OFICINA RESPONSABLE
Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Industrias Maquiladoras de Exportación (CNIME)
BENEFICIARIO
Nacional o extranjero que tenga constituida una empresa en el Paraguay que guarde alguna relación comercial con otra empresa en el exterior. Personas físicas o jurídicas, como también empresas que tengan capacidad ociosa
MODALIDAD
100% Electrónica antes de la presentación de la solicitud de aprobación del programa de maquila, el solicitante deberá inscribirse como empresa maquiladora, a través de la Ventanilla Única del Exportador (http://www.vue.org.py).
BENEFICIOS
TRIBUTO UNICO 1%
Sobre el valor de la factura de exportación.
SUSPENSIÓN
De impuestos y aranceles aduaneros.
REMESAS AL EXTERIOR
Libres de impuestos
EXONERACION DE IMPUESTOS
Solo para maquiladoras puras
ARANCEL 0 PARA EXPORTAR AL MCS
Cumpliendo origen
General 60%
Extrazona 40% regional
PROCEDIMIETO Y REQUISITOS
Acceder al link para obtener su Usuario y Contraseña: http://www.vue.org.py/solicitud_usuario.php.
(1) Copia autenticada de la cédula de identidad de la persona física que solicita su inscripción, o de los representantes de la persona jurídica, en su caso.
(1) Cédula tributaria de la persona física que solicita su inscripción o de la persona jurídica, en su caso.
(1) Copia autenticada de la escritura pública de constitución (adjuntando constancias de la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales del Ministerio de Hacienda).
(1) Constancia de RUC de la persona física que solicita su inscripción o de la persona jurídica, en su caso.
(1) Copia escaneada del acta actualizada de designación de directorio con la constancia de comunicación a la Abogacía del Tesoro. Ver ejemplo
(1) Copia del contrato de maquila (con certificación de firma por escribanía)
(1) Copia del poder especial que otorga la empresa matriz a la persona autorizada para representarle en el acto de sub-contratación internacional
(1) Antecedentes judiciales de la persona física, o de los representantes de la persona jurídica, en su caso
(1) Evaluación del impacto ambiental debidamente aprobado con la correspondiente declaración de impacto ambiental escaneada
(1) Carta de intención maquiladora-matriz (en caso de no contar con el contrato de maquila)
(1) Copia autenticada de las documentaciones de constitución de la empresa matriz (apostillada y traducción pública matriculada en caso que el documento no esté en idioma español)
(1) Copia del documento relativo a la propiedad donde se desarrollará el programa, según sea el caso: (con certificación de firma) contrato de arrendamiento, título de propiedad del inmueble, compromiso de compraventa, compromiso o contrato de alquiler
(1) Copia escaneada del balance correspondiente a los últimos tres ejercicios, rubricados por la Subsecretaría de Estado de Tributación (para empresa existente) o balance de apertura (para empresa recién constituida)
(1) Copia autenticada de los documentos de identidad de los representantes legales de la empresa matriz
- Parte Teórica (Plan de Negocios)
- Parte Técnica (Planilla de consumo – BOM)
- Presentación de los siguientes recaudos documentales: Resolución SECNIME N° 53/2023
(1) Copia escaneada de la certificación de coeficientes técnicos emitida por el INTN
Aprobación del Proyecto (Consejo Nacional de las Industrias Maquiladoras de Exportación)
Resolución Biministerial suscrita por el Ministro de Industria y Comercio y el Ministro de Economía y Finanzas.
Inicio de las operaciones de comercio exterior bajo el régimen de maquila :Resolución SECNIME N° 54/2023)
Resolución de Aprobación del Programa de Maquila.
Marco legal
Ley Nº 1064/1997
"De la Industria Maquiladora de Exportación"
Ley Nº 5408/2015
“Que modifica el artículo 12 del la Ley Nº 1064/97, De la Industria Maquiladora de Exportación"
Decreto Nº 9585/2000
"Por el cual se reglamenta la Ley Nº 1064/97, De Maquila"
Decreto 6118/2011
"Por el cual se reglamenta la transferencia de mercaderías por exportación- importación virtual maquila"
Resolución Nº 23/2012
“Por la cual se aprueba Lineamientos de las Políticas Establecidas por el Consejo Nacional de Industrias Maquiladoras de Exportación”
Resolución SECNIME N° 53/2023
Por la cual se actualizan los recaudos documentales para presentación de programa de maquila en el sistema integrado de maquila de exportación (SIMEX), de conformidad a la ley N° 1064/97 y su decreto reglamentario.
Resolución SECNIME N° 54/2023
Por la cual se dispone la entrada en vigor del nuevo procedimiento para la certificación de coeficientes técnicos de consumo de los productos fabricados por empresas maquiladoras por parte del instituto nacional de tecnología metrología y normalización en el sistema integrado de maquila de exportación (SIMEX).
Convenio MIC-INTN
Sobre certificación de coeficientes técnicos para operar bajo el régimen de maquila en Paraguay.
RESOLUCION MH N° 96
Por la cual se reglamenta aspectos vinculados al régimen tributario aplicado a la maquila.
Contacto
Natalia Cáceres
Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Industrias Maquiladoras de Exportación (CNIME)
Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Industrias Maquiladoras de Exportación (CNIME)
Teléfono: (+595 21) 6163233 / (+595 21) 611361
Email: natalia.caceres@mic.gov.py; se-cnime@mic.gov.py
Dirección: Av. Mcal. López 3333 c/ Dr. Weiss, Villa Morra
Horarios: Lunes a Viernes de 07:00 a 15:00 horas
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