MAQUILA
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El Régimen de Maquila es un sistema de producción de bienes y prestación de servicios, cuyo objetivo es promover el desarrollo industrial, la generación de empleo formal y el incremento de las exportaciones con valor agregado nacional.
La producción o prestación de servicios se realiza por cuenta y orden de una empresa domiciliada en el extranjero, denominada matriz, en virtud de un contrato internacional. Todo lo producido en territorio nacional bajo este régimen se destina a la exportación hacia cualquier parte del mundo, promoviendo la apertura de nuevos mercados.
El régimen constituye una oportunidad única para inversionistas que deseen aprovechar las condiciones competitivas del Paraguay, así como los beneficios específicos que otorga el Régimen de Maquila, incrementando significativamente su competitividad en los mercados internacionales.
En Paraguay, el Régimen de Maquila se encuentra regulado por la Ley Nº 7547 del 8 de septiembre de 2025, que reemplaza a la anterior Ley Nº 1064/97, con el fin de modernizar, fortalecer y adaptar el sistema a las nuevas exigencias del comercio global y la industria internacional.
Desde sus inicios, este régimen ha demostrado ser una herramienta genuina de apoyo al crecimiento de la economía nacional. Gracias a la maquila, productos y servicios con sello “Hecho en Paraguay” han llegado al mundo entero, mostrando la capacidad productiva y la competitividad de nuestro país. Asimismo, constituye un pilar fundamental para la generación de empleos, atracción de inversiones y dinamización de la economía paraguaya.







































El CNIME
El Consejo Nacional de la Industria Maquiladora de Exportación (CNIME) es el órgano impulsor de las políticas maquiladoras en el Paraguay. Está presidido por el Ministerio de Industria y Comercio e integrado por el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios y el Banco Central del Paraguay. Sus principales funciones son:
a) Formular y evaluar los lineamientos generales y por ramas de políticas para el fomento y operación de las maquiladoras de bienes y de servicios, con el fin de lograr la máxima integración al sistema de las materias primas e insumos nacionales y apoyar el proceso de asimilación y adaptación de las tecnologías a ser incorporadas por estas empresas.
b) Definir e impulsar la política maquiladora.
c) Evaluar, emitir opinión previa y comunicar a los Ministerios de Industria y Comercio; y de Economía y Finanzas sobre la aprobación, rechazo, suspensión o cancelación de los Programas de Maquila.
d) Cumplir y hacer cumplir la ley y demás reglamentaciones del régimen de maquila.
e) Delegar a la Secretaría Ejecutiva del CNIME las competencias operativas pertinentes para el desarrollo de los fines de la ley.
La Secretaría Ejecutiva del CNIME, es la encargada de velar por la aplicación de todo lo establecido en la Ley y sus reglamentos. Esta secretaria se ocupa de impulsar las actividades tendientes a la generación de condiciones normativas y operativas óptimas para el desarrollo del régimen. También se encarga de la promoción de los beneficios del régimen de Maquila, con el fin de atraer mayores inversiones, generar puestos de empleo, capacitación y adiestramiento en los ciudadanos, diversificar la oferta exportadora y generar mayores ingresos de divisas netas al país. Entre los servicios que ofrece la Secretaria Ejecutiva del CNIME figuran:

ASISTENCIA
Realizar visitas de verificación y brindar asistencia técnica a empresas maquiladoras, así como facilitar información para la correcta elaboración y presentación de programas y trámites relacionados con el comercio exterior.

OPERACIONES
Revisar las solicitudes para la aprobación de Programas de Maquila, así como verificar y procesar las operaciones de comercio exterior de las empresas maquiladoras, asegurando su cumplimiento dentro del marco del programa de exportación.

FOROS
Participar en foros, eventos, capacitaciones, ferias y misiones oficiales orientadas a la atracción de inversiones y al impulso de las exportaciones.

OTRAS
Otras funciones relacionadas a la operativa del sector maquilador.
REGISTRO Y APROBACION DE PROGRAMAS DE MAQUILA
El proceso operativo del régimen de maquila, desde el registro de la empresa hasta la operativa final, se gestiona de manera totalmente electrónica a través del Sistema Integrado de Maquila de Exportación (SIMEX).
Existen las siguientes modalidades y tipo de operación de programa de maquila:
- Maquila Pura: solo para exportación
- Maquila por capacidad ociosa: para exportación y venta en el mercado local. Para las ventas locales se deberán abonar todos los tributos locales.
- Maquila albergue o shelter: no realiza proceso productivo pero sí una intermediación para la exportación.
Antes de la presentación de la solicitud de aprobación del programa de maquila, el solicitante deberá registrarse como empresa maquiladora, a través de la Ventanilla Única del Exportador (http://www.vue.org.py).
La Secretaría Ejecutiva del CNIME otorgará la correspondiente Constancia de Inscripción, la cual tendría una validez de 90 días para presentar el Programa de Maquila.
COSTO
Gratuito
TIEMPO DE TRAMITACIÓN
90 días
MODALIDAD
100% Electrónica antes de la presentación de la solicitud de aprobación del programa de maquila, el solicitante deberá inscribirse como empresa maquiladora, a través de la Ventanilla Única del Exportador (http://www.vue.org.py).
OFICINA RESPONSABLE
Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Industrias Maquiladoras de Exportación (CNIME)
BENEFICIARIO
Nacional o extranjero que tenga constituida una empresa en el Paraguay que guarde alguna relación comercial con otra empresa en el exterior. Personas físicas o jurídicas, como también empresas que tengan capacidad ociosa
BENEFICIOS

TRIBUTO UNICO 1%
Sobre el valor Valor Agregado Nacional o valor factura de exportación, el monto que resultare mayor.

SUSPENSIÓN
De tributos aduaneros.

REMESAS AL EXTERIOR
Libres de impuestos

EXONERACION DE IMPUESTOS
Impuesto a los Dividendos y Utilidades (IDU), Impuesto a la Renta del No Residente (INR), Impuesto a la Renta Empresarial (IRE)

ARANCEL 0 PARA EXPORTAR AL MCS
Cumpliendo origen
General 60%
Extrazona 40% regional

RECUPERACIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IVA
Para maquiladoras de bienes tangibles y servicios intangibles.
PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS
Acceder al link para obtener su Usuario y Contraseña: https://vueapp.vue.gov.py/portal/registro-usuario
(1) Copia autenticada de la cédula de identidad de la persona física que solicita su inscripción, o de los representantes de la persona jurídica, en su caso.
(1) Cédula tributaria de la persona física que solicita su inscripción o de la persona jurídica, en su caso.
(1) Copia autenticada de la escritura pública de constitución (adjuntando constancias de la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales del Ministerio de Hacienda).
(1) Constancia de RUC de la persona física que solicita su inscripción o de la persona jurídica, en su caso.
(1) Copia escaneada del acta actualizada de designación de directorio con la constancia de comunicación a la Abogacía del Tesoro. Ver ejemplo
(1) Copia del contrato de maquila (con certificación de firma por escribanía)
(1) Copia del poder especial que otorga la empresa matriz a la persona autorizada para representarle en el acto de sub-contratación internacional
(1) Antecedentes judiciales de la persona física, o de los representantes de la persona jurídica, en su caso
(1) Evaluación del impacto ambiental debidamente aprobado con la correspondiente declaración de impacto ambiental escaneada
(1) Carta de intención maquiladora-matriz (en caso de no contar con el contrato de maquila)
(1) Copia autenticada de las documentaciones de constitución de la empresa matriz (apostillada y traducción pública matriculada en caso que el documento no esté en idioma español)
(1) Copia del documento relativo a la propiedad donde se desarrollará el programa, según sea el caso: (con certificación de firma) contrato de arrendamiento, título de propiedad del inmueble, compromiso de compraventa, compromiso o contrato de alquiler
(1) Copia escaneada del balance correspondiente a los últimos tres ejercicios, rubricados por la Subsecretaría de Estado de Tributación (para empresa existente) o balance de apertura (para empresa recién constituida)
(1) Copia autenticada de los documentos de identidad de los representantes legales de la empresa matriz
- Parte Teórica (Plan de Negocios)
- Parte Técnica (Planilla de consumo – BOM)
- Presentación de los siguientes recaudos documentales: Resolución SECNIME N° 53/2023
(1) Copia escaneada de la certificación de coeficientes técnicos emitida por el INTN
Aprobación del Proyecto (Consejo Nacional de las Industrias Maquiladoras de Exportación)
Resolución Biministerial suscrita por el Ministro de Industria y Comercio y el Ministro de Economía y Finanzas.
Inicio de las operaciones de comercio exterior bajo el régimen de maquila :Resolución SECNIME N° 54/2023)
Resolución de Aprobación del Programa de Maquila.
Maquila Industrial: Una vez que la empresa cuente con las planillas de coeficientes técnicos certificadas por el INTN, y la constancia de inscripción en el RIEL, deberá presentar una nota a la Secretaría Ejecutiva, firmada por el representante legal de la empresa, manifestando haber cumplido con las formalidades previstas en la resolución SECNIME Nro. 53/23 para inicio de operaciones en el sistema informático del régimen de maquila (SIMEX). Ver ejemplo.
Maquila de servicios: La empresa deberá solicitar clave de programa maquila, vía nota a la Secretaría Ejecutiva, una vez notificada la aprobación del programa. Esta modalidad no requiere certificación ante el INTN, ni registro industrial. Ver ejemplo.
Marco legal
Ley Nº 7547/2025
"Del Régimen de Maquila"
Esta Ley reemplaza a la 1064/97 y se encuentra vigente desde el 08 de septiembre 2025, actualmente se encuentra en proceso de reglamentación.
Ley Nº 1064/1997
"De la Industria Maquiladora de Exportación"
Ley Nº 5408/2015
“Que modifica el artículo 12 del la Ley Nº 1064/97, De la Industria Maquiladora de Exportación"
Decreto Nº 9585/2000
"Por el cual se reglamenta la Ley Nº 1064/97, De Maquila"
Decreto 6118/2011
"Por el cual se reglamenta la transferencia de mercaderías por exportación- importación virtual maquila"
Resolución SECNIME N° 53/2023
Por la cual se actualizan los recaudos documentales para presentación de programa de maquila en el sistema integrado de maquila de exportación (SIMEX), de conformidad a la ley N° 1064/97 y su decreto reglamentario.
Resolución SECNIME N° 54/2023
Por la cual se dispone la entrada en vigor del nuevo procedimiento para la certificación de coeficientes técnicos de consumo de los productos fabricados por empresas maquiladoras por parte del instituto nacional de tecnología metrología y normalización en el sistema integrado de maquila de exportación (SIMEX).
Contacto
Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Industrias Maquiladoras de Exportación (CNIME)
Teléfono: (+595 21) 6163233 / (+595 21) 611361
Email: diego.peyrat@mic.gov.py; se-cnime@mic.gov.py
Dirección: Av. Mcal. López 3333 c/ Dr. Weiss, Villa Morra
Horarios: Lunes a Viernes de 07:00 a 15:00 horas