AUTORIZACION PARA PRODUCIR O INDUSTRIALIZAR CANNABIS NO PSICOACTIVO (CAÑAMO INDUSTRIAL) DECRETO N° 2.725/2019
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- AUTORIZACION PARA PRODUCIR O INDUSTRIALIZAR CANNABIS NO PSICOACTIVO (CAÑAMO INDUSTRIAL) DECRETO N° 2.725/2019
BENEFICIARIO
Personas físicas y jurídicas que deseen contar con autorización para industrializar cannabis no psicoactivo (cáñamo industrial)
TIEMPO DE TRAMITACION
El análisis dentro del MIC dura aproximadamente 15 días, luego sigue su proceso en el MAG
VALIDEZ
5 Años
OFICINA RESPONSABLE
Dirección de Desarrollo Industrial
MODALIDAD
Tramite físico en las instalaciones del Ministerio de Agricultura y Ganadería
COSTO
Gratuito
Requisitos
Identificación del solicitante:
- Solicitud de autorización para la producción e industrialización de cannabis no psicoactivo, que deberá contener: nombre de la persona física o jurídica, RUC, rubro al cual se dedicaría en el ramo del cáñamo, datos de directivos, representantes legales o apoderado, ubicación geográfica del establecimiento, e- mail, líneas telefónicas fijas y/o móviles.
- Copia de cédula de identidad del representante legal o propietario.
- Certificado de antecedentes judiciales y policiales del representante legal o propietario.
- Certificado de Cumplimiento Tributario – CCT, vigente a la fecha de entrega.
- Constancia de RUC: fecha de expedición deberá ser del año en curso y la información deberá estar actualizada según corresponda.
- Estatutos Sociales y/o Escritura de Constitución (personas jurídicas).
- Acta de última Asamblea (personas jurídicas) para el caso que corresponda.
- Copia del título de propiedad del inmueble o compromiso de compra o contrato de alquiler, del lugar donde se asienta o se establecerá la fábrica, según el caso.
- Constancia de Registro Industrial vigente para empresas en operación, que será verificado en línea, o en caso de que la empresa se encuentra en proceso de instalación, entregar declaración jurada de compromiso de gestionar ante el MIC el Registro Industrial (RI).
Plan de Fabricación. Según lo indicado en el Artículo 5° del Decreto N° 2.725/2019, el contenido de esta información deberá incluir la proyección para el periodo inicial, que se entiende que es el primer año, periodo en que se deberá realizar al menos en una ocasión la verificación del cumplimiento de lo propuesto por parte del MIC, de acuerdo con el orden de ingreso de la solicitud.
Deberá incluir:
- Cronograma de trabajo de obras y de ejecución de la inversión.
- Organigrama del solicitante mencionando la mano de obra a emplear por el proyecto categorizando en administrativos, técnicos y operarios, así como responsabilidades y labores de cada uno de los empleados o contratistas, ya sean personas naturales o jurídicas que estarán involucradas en la etapa de fabricación de derivados del cáñamo industrial (cannabis no psicoactivo).
- Estimado de la cantidad y especificaciones técnicas de las materias primas para elaborar los productos de cáñamo industrial (cannabis no psicoactivo).
- Indicación del origen de la cosecha, del procedimiento de recepción de esta y de los controles de cumplimiento de las especificaciones correspondientes al uso propuesto.
- Productos a ser fabricados derivados del cáñamo industrial (cannabis no psicoactivo) con sus especificaciones técnicas
- Plano y descripciones de instalaciones principales y complementarias, con sus respectivos equipamientos y maquinarias.
- Volumen estimado de fabricación de productos derivados de cáñamo industrial (cannabis no psicoactivo).
- Especificar los procedimientos de fabricación o transformación y de control de calidad que será implementado en el área de fabricación.
- Contar con un protocolo para realizar control de contenido de metabolitos sometidos a fiscalización en sus plantas y productos.
- Las empresas en operación, deberán presentar a más de lo solicitado anteriormente una descripción de sus actividades actuales y rubros a los que se dedica.
- Monto y descripción de las inversiones necesarias para la ejecución de las actividades a ser desarrolladas.
- Flujo de caja proyectado a 5 años, con indicadores de rentabilidad del emprendimiento.
- Reporte de la Central de Información de interesado, expedido por el BCP.
- Origen del capital de los socios, fuente de financiamiento: capital del socio y/ o préstamo. En caso de contemplar la participación de inversores extranjeros se deberá identificar a los financistas, quienes deberán adjuntar antecedentes penales y judiciales, monto de inversión y carácter de la inversión (capitalista, inversionista, prestamista).
- Contrato o Constancia de la Entidad Financiera que proveerá el crédito, en su caso.
- Cuando se trate de una empresa en operación, a más de los requisitos arriba citados deberá presentar el Balance comparativo de los tres últimos periodos fiscales, junto con los Estados de Resultados, estado de flujo de efectivo y cuadro de variación de patrimonio, firmado por el contador y el representante legal.
En caso de que la persona física o jurídica desee exportar los bienes, deberá cumplir con la totalidad de los siguientes requisitos:
- Identificación de potenciales países importadores legales de los productos derivados de cáñamo industrial (cannabis no psicoactivo).
- Estatus legal del cáñamo industrial (cannabis no psicoactivo) en los países importadores, debidamente soportado. (Adjuntar la normativa mencionada).
- Las entidades a través de las cuales se canalizarán dichas exportaciones.
- Modelo de contrato a utilizar a través del cual se transferirá la propiedad de los derivados del cáñamo industrial (cannabis no psicoactivo), debiendo en sus cláusulas garantizar el uso del producto a exportar será exclusivamente para fines industriales.
- Proyección de volumen de exportaciones por tipo de productos.
- Formas de presentación del producto, granos, enteros o partidos, fibras, aceites, extractos y otros.
- Tipo de embalaje a ser remitido el producto (al vacío, plástico, telas, papel, madera o cartón).
- Indicación de la finalidad de la utilización del producto (para uso humano, para uso animal, u otros).
- Contar con los requisitos fitosanitarios del país importador. (Adjuntar la normativa mencionada).
- Cumplir con todos los requisitos solicitados por el país importador: esto será verificado por el SENAVE.
- Estar libre de notificaciones de inconformidad a las normativas sanitarias o rechazo en frontera por el término de dos años, conforme a los datos existentes: esto será verificado por el SENAVE.
Requisitos para la renovación de la licencia de industrialización
- Nota de solicitud de renovación que deberá contener: Nombre de la persona física o jurídica, RUC, rubro del cáñamo al cual se dedica y datos del firmante.
- Certificado de Cumplimiento Tributario – CCT (Vigente)
- Constancia de RUC (Actualizada)
- Acta de última Asamblea
- Registro Industrial vigente: será verificado en línea
- Informe de Inversión sobre avance del proyecto aprobado: deberán mencionar el grado de ejecución de las inversiones proyectadas inicialmente.
- Resumen técnico de las operaciones actuales y nuevas proyecciones en caso de que corresponda: Mano de obra actual y proyectada, cuadro de capacidad de producción actual y proyectada, mercado de destino, cuadro de inversión a realizar y otras informaciones relevantes.
- Estados Financieros del último ejercicio fiscal en formato comparativo con el año anterior (Resolución SET 49/14): Balance General, Estado de Resultado, Estado de Flujo de efectivo, Variación del patrimonio neto y Nota a los estados financieros.
Procedimiento paso a paso
- Presentar la solicitud ante el MAG
- La solicitud se deriva al MIC y se realiza un análisis del proyecto y o solicitud de renovación.
- Se remite a la COINCA para recomendar la aprobación
- La solicitud retorna al MAG para su aprobación .
Marco legal
Decreto 2725/2019
Por el cual se establece las Condiciones Generales para la Producción del Cáñamo Industrial (CANNABIS NO PSICOACTIVO).
Resolución MIC N° 1.162/25
Actualizan los requisitos para la industrialización del cáñamo.
Contacto
DIRECCIÓN DE DESARROLLO INDUSTRIAL
Teléfono: (+595 21) 616 3075 / 616 3081 / 616 3112
Correo Electrónico: ddi@mic.gov.py
Dirección: Av. Mcal. López 3333 c/Dr. Weiss, Villa Morra – 2do piso
Horario: Lunes a Viernes de 7:00 a 15:00 horas