AUTORIZACION PARA PRODUCIR O INDUSTRIALIZAR CANNABIS NO PSICOACTIVO (CAÑAMO INDUSTRIAL) DECRETO N° 2.725/2019

BENEFICIARIO

Personas físicas y jurídicas que deseen contar con autorización para industrializar cannabis no psicoactivo (cáñamo industrial)

TIEMPO DE TRAMITACION

El análisis dentro del MIC dura aproximadamente 15 días, luego sigue su proceso en el MAG

VALIDEZ

5 Años

OFICINA RESPONSABLE

Dirección de Desarrollo Industrial

MODALIDAD

Tramite físico en las instalaciones del Ministerio de Agricultura y Ganadería

COSTO

Gratuito

Requisitos

Requisitos para la renovación de la licencia de industrialización

  1. Nota de solicitud de renovación que deberá contener: Nombre de la persona física o jurídica, RUC, rubro del cáñamo al cual se dedica y datos del firmante.
  2. Certificado de Cumplimiento Tributario – CCT (Vigente)
  3. Constancia de RUC (Actualizada)
  4. Acta de última Asamblea
  5. Registro Industrial vigente: será verificado en línea
  6. Informe de Inversión sobre avance del proyecto aprobado: deberán mencionar el grado de ejecución de las inversiones proyectadas inicialmente.
  7. Resumen técnico de las operaciones actuales y nuevas proyecciones en caso de que corresponda: Mano de obra actual y proyectada, cuadro de capacidad de producción actual y proyectada, mercado de destino, cuadro de inversión a realizar y otras informaciones relevantes.
  8. Estados Financieros del último ejercicio fiscal en formato comparativo con el año anterior (Resolución SET 49/14): Balance General, Estado de Resultado, Estado de Flujo de efectivo, Variación del patrimonio neto y Nota a los estados financieros.

Procedimiento paso a paso

  1. Presentar la solicitud ante el MAG
  2. La solicitud se deriva al MIC y se realiza un análisis del proyecto y o solicitud de renovación. 
  3. Se remite a la COINCA para recomendar la aprobación
  4. La solicitud retorna al MAG para su aprobación . 

Marco legal

Decreto 2725/2019

Por el cual se establece las Condiciones Generales para la Producción del Cáñamo Industrial (CANNABIS NO PSICOACTIVO).

Resolución MIC N° 1.162/25

Actualizan los requisitos para la industrialización del cáñamo.

Contacto

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INDUSTRIAL

Teléfono: (+595 21) 616 3075 / 616 3081 / 616 3112

Correo Electrónico: ddi@mic.gov.py

Dirección: Av. Mcal. López 3333 c/Dr. Weiss, Villa Morra – 2do piso

Horario: Lunes a Viernes de 7:00 a 15:00 horas