2021-05-11

Mipymes podrán acceder a exoneración de multas

Mipymes podrán acceder a exoneración de multas

El Ministerio de Industria y Comercio (MIC), a través de la Dirección General de Formalización y Registro, de la Dirección de Promoción Empresarial y la Dirección de RENAMIPYMES, dependientes del Viceministerio de MIPYMES, comunica a todas las micro, pequeñas y medianas empresas la exoneración del 100% de multas y recargos, en la inscripción tardía en el Registro Patronal, la presentación tardías de planillas laborales anuales y la comunicación de movimiento de empleados, según Resolución Nº 539/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS)



El Ministerio de Industria y Comercio (MIC), a través de la Dirección General de Formalización y Registro, de la Dirección de Promoción Empresarial y la  Dirección de RENAMIPYMES, dependientes del Viceministerio de MIPYMES, comunica a todas las micro, pequeñas y medianas empresas la exoneración del 100% de multas y recargos, en la inscripción tardía en el Registro Patronal, la presentación tardías de planillas laborales anuales y la comunicación de movimiento de empleados, según Resolución Nº 539/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). 

Los requisitos a ser tenidos en cuenta para acceder a este beneficio son: Nota de solicitud firmada por el Representante Legal o dueño para acogerse al beneficio establecido según Resolución Nº 539/2021 Exoneración de multas; Constancia del Registro Único de Contribuyentes (RUC); Última declaración jurada del Impuesto a la Renta anual presentado a la Subsecretaria de Estado de Tributación (SET); Última Planilla de pago del Instituto de Previsión Social (IPS); Los 2 requisitos anteriores podrán ser reemplazados por la CÉDULA MIPYMES, y Formulario de Capacitación, completo y firmado por el propietario o representante legal, y Cédula de Identidad del propietario o representante legal (firmante).

Estos documentos deben ser presentados en copia escaneada en formato PDF, a través de un pedido que se realiza online, en la página web del Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social: www.mtess.gov.py , ingresando al menú SERVICIOS, opción: Mesa de Entrada en Línea o directamente al link:

https://tramites.mtess.gov.py/online/documento_add.php, desde el 26 de abril de 2021.

Consultas y mayor información a: https://www.mtess.gov.py/formalizacion/formalizacion-mipymes
 
Centro de Apoyo a MIPYMES: 0986-112012 / 0982-771129; Dirección de Trabajo Tel: 7290100 int 545, 548 y 514

Dirección de Registro Obrero Patronal: 0981-401092 / 0982-711289 / 021-7290100, internos: 554, 555, 526

Dirección General de Formalización y Registro: Consultas sobre solicitud, actualización, renovación de Cédula Mipymes y otros beneficios - correo electrónico: registromipymes@mic.gov.py – Teléfono Nº 021 6163043 al 5.

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