Cabecera 2019


REGISTRO DE PRESTADORES DE SERVICIOS - REPSE

NO TIENE COSTO, ES TOTALMENTE GRATUITO
Referencia: VER AVISO Set 29, 2016



AVISO


  • Se comunica las dos alternativas de inscripción al REPSE
    1) VIA ONLINE: creando la solicitud de usuario, accediendo a: http://www.vue.org.py/AppVUE/faces/REG/RegSolicitud.jspx
    2) VIA PRESENCIALES: se realizaría visitando única y exclusivamente en el Edificio de la VUE (Ventanilla Única de Exportación).
    Dirección: Cap. Nicolas Blinoff esq. Cap. Pedro Villamayor. Asunción, Paraguay

  • "Se comunica que para la inscripción de los Docentes De Educación Superior Universitaria, deberán presentar además de los requisitos establecidos para personas físicas, la copia autenticada del título de Didáctica Universitaria, conforme a lo dispuesto en la ley n° 4995/2013 de Educación Superior, específicamente en su art. 38. Inciso b).


  • COMUNICADO URGENTE!!!
    No existe fecha tope para la inscripción en el Registro De Prestadores De Servicios (REPSE) , únicamente por éste medio oficial se estará comunicando cualquier modificación relacionado al registro.


  • "Se comunica que a partir de la fecha se aceptarán máximo 03 (tres) solicitudes por cada gestor diariamente, previa presentación de una nota de autorización autenticada por escribanía y acompañada de fotocopia de cedula de identidad".


  • "Se comunica que el Registro de Prestadores de Servicios – REPSE, creado por Decreto N° 6866/11 está vigente, es de cumplimiento obligatorio, totalmente GRATUITO y NO TIENE FECHA TOPE para la presentación de las solicitudes de inscripción".
    Acceder a la Publicación: Gacetilla de Prensa 2017/03/29

I-REQUISITOS para el Registro



II-REQUISITOS PARA RENOVACION



III-REQUISITOS para Docentes De Educación Superior Universitaria,

Art. 38 Para ejercer la docencia y la investigación en la educación superior universitaria, se deberá contar con:
  • a. Título de grado académico registrado en el Ministerio de Educación y Cultura.
  • b. Capacitación pedagógica en educación superior.
  • c. Notoria capacidad científica, técnica o intelectual.
  • d. Los demás requisitos establecidos en los estatutos dela universidad.


  • IV-ACTUALIZACION DE DATOS O CAMBIOS

    Solo se permitirá solicitar vía on line a través de la plataforma www.vue.org.py, solicitando la clave correspondiente para el cargado de los cambios

    V- COMO REGISTRARSE EN LINEA

    • 1) Leer detenidamente el MANUAL OPERATIVO PARA REGISTROS EN LINEA, Acceder al Manual, Haga clic aquí
    • 2) Completar todos los campos exigidos
    • 3) Adjuntar todas las documentaciones requeridas
    • 4) No se podrá dar curso al trámite si no completa o se adjunten todos los documentos requeridos


    VI- NORMATIVAS RELACIONADAS



    VII-CLASIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS



    VIII-PREGUNTAS FRECUENTES

    • 1. Que es el REPSE y porqué tiene carácter obligatorio?
      El REPSE es un Registro de Prestadores de Servicios para personas físicas y jurídicas. El mismo es de carácter OBLIGATORIO. Fue creado por Decreto Nº 6866 de fecha 05 de julio de 2011, de la Presidencia de la República, el cual establece su obligatoriedad.

    • 2. El REPSE tiene costo?
      El Registro de Prestadores de Servicios (REPSE) es totalmente GRATUITO.

    • 3. Para qué sirve el Registro del REPSE?
      El REPSE sirve para formalizar y promover las actividades que se desarrollan en el sector, en vista de informalidad existente en la prestación de servicios, de mucha competencia desleal tanto de profesionales como empresas ofreciendo sus servicios sin el cumplimiento de las reglas existentes en el mercado, los cuales, gozando de beneficios en detrimento de los formales que pagan sus tributos y encargos sociales.
      El sector de servicios es muy importante dentro de la economía paraguaya debido a que contribuye en más del 50% en la generación del PIB. Paraguay como miembro pleno de la OMC, internalizó a través de la Ley 444/94, que en este sector existen 12 sectores de servicios y más de 162 subsectores, por ende es necesario realizar una adecuada clasificación del sector y disponer una base de datos que permita generar y orientar políticas públicas al sector Servicios.

    • 4. Quienes deben registrarse?
      Están obligados a registrarse todas las personas físicas y jurídicas, nacionales o extranjeras, que prestan servicios en el país y sean contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

    • 5. Quienes no necesitan registrarse?
      Los empleados en situación de dependencia y que estén asegurados en el Instituto de Previsión Social.
      Los profesionales o técnicos que se encuentran en situación de dependencia del Estado y no sean contribuyentes del IVA, están exentos a la inscripción.
      Las entidades sin fines de lucro.

    • 6. Es obligatorio presentar la patente municipal?
      Si, es obligatoria la presentación de la patente municipal.
      Patente Comercial: Empresas unipersonales y jurídicas.
      Patente Profesional, se divide en las siguientes sub categorías:
      Profesional “A”- Profesionales, con título universitario
      Profesional “B” Técnicos, con título técnico
      Profesional “C” Oficio, todos los oficios ( albañil carpintero, panadero,, cocinero, tallador, jardinero, confitero, colchonero, plomero, etc).
      Servicios Personales: Actividades no especificadas (Auxiliar administrativo, corredores de seguros, estudiantes que ejercen actividades administrativas, etc).

    • 7. Modos de registros
      La presencial; es decir, en sede del MIC - el edificio VUE Ventanilla Única de Exportación, presentando la solicitud de inscripción y adjuntando copias simples de los documentos requeridos.
      Dirección: Cap. Nicolas Blinoff esq. Cap. Pedro Villamayor. Asunción, Paraguay


      La modalidad electrónica se realiza en el sitio web de la plataforma electrónica del Ministerio de Industria y Comercio (www.vue.gov.py), completando los campos requeridos y adjuntando electrónicamente los documentos en formato PDF.

    • 8. Si los documentos a presentar deben estar AUTENTICADOS por Escribanía.
      Se exige la copia autenticada de título o matricula, los demás documentos pueden ser copias simples.

    • 9. Tiempo de duración de la Constancia de Inscripción?
      La constancia de Registro de Prestación de Servicios (REPSE) tiene validez por dos años, debiendo renovarse al término de vigencia.

    • 10. Que requisitos se exige para la renovación?
      Todos los documentos que se encuentren vencidos al momento de la solicitud de la renovación, como ejemplo: Patente comercial (vigente a la fecha), fotocopia de la cedula de identidad vigente del prestador de servicios y representantes, si existiere modificaciones en los estatutos sociales, copia del acta de la última asamblea, detallar la cantidad actual de empleados y la planilla de aporte de IPS (si fuese el caso).

    • 11. Como acceder a los formularios y requisitos?
      Requisitos: http://www.mic.gov.py/mic/site/comercio/pdf/repse/RequisitosREPSE_2016.pdf
      Formulario de Inscripción Personas Físicas : http://www.mic.gov.py/mic/site/comercio/pdf/repse/FormREPSE_Solicit_Inscrip_PF-2016.pdf
      Formulario de Inscripción Personas Jurídicas:
      http://www.mic.gov.py/mic/site/comercio/pdf/repse/FormREPSE_Solicit_Inscrip_PJ-2016.pdf
      Solicitud de Renovación – Persona Física:
      http://www.mic.gov.py/mic/site/comercio/pdf/repse/FormREPSE_Renovac_PF-2016.pdf
      Solicitud de Renovación – Persona Jurìdica:
      http://www.mic.gov.py/mic/site/comercio/pdf/repse/FormREPSE_Renovac_PJ-2016.pdf

    • 12- Los Directivos/ Gerentes de las empresas deben registrarse?
      Al registrarse la empresa ya debe declarar a sus directivos, los mismos son registrados por la empresa, no es necesario que se registre de manera individual, salvo que preste otros servicios fuera de la empresa y esté facturando por dicho servicio es obligatorio el registro.

    • 13- En qué casos se debe declarar al Responsable Técnico?
      PARA LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DEL SECTOR DE LAS CONSTRUCCIONES CIVILES Y ELÉCTRICAS, deben necesariamente declarar a un profesional ingeniero civil/ electromecánico o arquitecto como responsable técnico PARA LOS SERVICIOS DE EXPENDIO DE ALIMENTOS (restaurantes, bares, copetines, etc.) debe declarar como responsable técnico a un tecnólogo de alimentos y el registro expedido el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN).

    • 14- Seguimiento de las solicitudes de Registro On Line?
      Las observaciones de registro en la modalidad on line, quedan registradas en el sistema, usted debe verificar con su usuario periódicamente y si existen observaciones deben ser corregidas y vueltas a enviar a (MIC-REPSE), una vez autorizado se expide la constancia REPSE, dicho documento es enviado al correo electrónico declarado.




    • PARA MAS INFORMACIÓN comunicarse al Centro de Atención del REPSE
      (+595 21) 616 3037
      (+595 21) 616 3038