
El Consejo Nacional de las Industrias Maquiladoras de Exportación, (CNIME), como Organismo Asesor de los Ministerios de Industria y Comercio y de Hacienda, que estará integrado por los siguientes miembros nombrados por el Poder Ejecutivo a propuesta de las respectivas reparticiones:
- Un representante del Ministerio de Industria y Comercio.
- Un representante del Ministerio de Hacienda.
- Un representante del Banco Central del Paraguay.
- Un representante de la Secretaría Técnica de Planificación para el Desarrollo Económico y Social.
- Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El CNIME será presidido por el Ministerio de Industria y Comercio. Asimismo, cada institución tendrá un representante titular y otro alterno. Los miembros del Consejo deberán ser personas con idoneidad para ejercer dicho cargo y no recibirán remuneración por estas funciones.
Funciones
- Formular y evaluar los lineamientos generales y por ramas, de políticas para el fomento y operación de Industrias Maquiladoras y establecer las estrategias a seguir con el fin de lograr la máxima integración al sistema de las materias primas e insumos nacionales a través de la subcontratación y apoyar el proceso de asimilación y adaptación de las tecnologías a ser incorporadas por estas empresas.
- Evaluar, emitir opinión previa y comunicar a ambos Ministerios para que estos otorguen su autorización por Resolución en los siguientes casos:
- Todos los permisos correspondientes a estas empresas:
- Programa de actividades.
- Permiso inicial para la importación de maquinarias y equipos.
- Permiso para la importación e materias primas e insumos necesarios para la producción.
- Permiso para modificar, ampliar, reducir, suspender o cancelar el Programa de Maquila.
- Transferencia de maquinarias, herramientas y equipos entre empresas con programas
debidamente autorizados.
- Transferencia de maquinarias y equipos por parte de las empresas maquiladoras a los
productores no maquiladores que sean proveedores.
- Habilitar Registros de solicitudes y de los antecedentes de las autorizaciones otorgadas.
- Dictaminar sobre los asuntos que tengan relación con las industrias maquiladoras de exportación
que no estén previstos en los incisos precedentes.
- Coordinar la acción de todas las instituciones involucradas en el manejo de las maquiladoras.