Qué es Maquila. Cómo Funciona.

Funcionamiento - 1

Realización, bajo contrato con una matriz extranjera, de procesos industriales o de servicios, totales o parciales sobre bienes tangibles o intangibles, admitidos temporalmente y cuyo producto tiene como destino a la exportación.

Matriz: Contratante que reside en el exterior.

Maquiladora: Contratada, domiciliada en cualquier parte del territorio paraguayo.

La Maquiladora a su vez puede sub contratar a otra empresa (sub maquiladora) a fin de desarrollar procesos contemplados en el Programa de Maquila objeto del Contrato.

Funcionamiento - 2

La matriz puede envíar a la maquiladora, bienes de capital, materias primas, insumos, directamente o desde otros países; estos bienes entran al país bajo la figura de admisión temporaria durante el tiempo establecido en el Programa (6 meses prorrogables a 1 año), con suspensión del pago de impuestos, previo afianzamiento que garantice los montos de los gravámenes eventualmente aplicables.

La maquiladora a su vez podrá contratar bienes, servicios, mano de obra y otros dentro del territorio paraguayo o importar de otros países por cuenta y orden de la Matriz.


Cómo FuncionaLos productos resultantes del servicio de maquila son enviados nuevamente a la Matriz o cualquier parte del mundo por cuenta y orden de la matriz.

Las entradas y salidas de todos los bienes previstos en el Programa de Maquila son administradas por un Sistema de Cuentas Corrientes que maneja la admisión temporaria, procesamiento y devolución al exterior, y donde las Maquiladoras están estructuradas como Centros de Costos de Producción.

Del Régimen General de Origen.
Criterios para que producto salga HECHO EN PARAGUAY

  • Requisitos específicos
    Son los casos en los cuales para que se dé por cumplido el régimen de origen se imponen ciertas condiciones especiales, normalmente referidas al proceso productivo que debe realizarse de determinada forma o utilizando insumos regionales o nacionales.- En el caso del MERCOSUR estos requisitos están establecidos para los productos enunciados en el Anexo I de la Decisión CMC 1/2004.
  • Salto de partida
    Los productos en cuya elaboración se utilicen materiales no originarios de los Estados Partes, cuando resulten de un proceso de transformación que les confiera una nueva individualidad, caracterizada por el hecho de estar clasificados en una partida arancelaria (primeros cuatro dígitos de la Nomenclatura Común del MERCOSUR) diferente a la de los mencionados materiales.
  • Valor Agregado Nacional.
    El Paraguay es el único país del MERCOSUR que requiere de un  40% del valor agregado regional más 60% extrazona para obtener origen. La composición total del producto debe contener como mínimo 40% del componente regional, es decir que el costo del producto final puede tener
    hasta un máximo de 60% de componente extrazona.

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