Combustibles LÃquidos
La Dirección de Combustibles LÃquidos tiene como funciones:
· Planificar, conjuntamente con el Director General de Combustibles, las actividades a ser desarrolladas por su sector, a fin de dar cumplimiento a las polÃticas y directrices fijadas por las autoridades superiores de la Institución, en materia de su competencia.
· Analizar las reglamentaciones vigentes y proponer alternativas que se adecuen a las necesidades del mercado para garantizar el cumplimiento de sus funciones.
· Recomendar acciones para perfeccionar el cumplimiento efectivo de las disposiciones y normas técnicas establecidas en las Resoluciones emanadas del Ministerio de Industria y Comercio.
· Evaluar las solicitudes y, en caso que corresponda, recomendar la habilitación de refinerÃas, plantas de almacenajes, empresas distribuidoras, estaciones de servicios/gasolineras y puestos de consumo propio.
· Elaborar y coordinar mecanismos de fiscalización para el control de los niveles mÃnimos de calidad de los combustibles importados y comercializaos en el mercado nacional.
· Evaluar las solicitudes y, en caso que corresponda, recomendar la autorización para la importación de combustibles derivados del petróleo, asà como licencias previas para importación de productos derivados del petróleo.
· Preparar periódicamente informes sobre el estado de cumplimiento de los expedientes presentados a la Dirección.
· Preparar informes estadÃsticos periódicos referentes a la importación y ventas de combustibles lÃquidos derivados del petróleo.
· Mantener actualizada la información sobre cotización del crudo y sus derivados a nivel internacional, además de los precios referenciales ofertados en las estaciones de servicios de los paÃses de la región.
· Implementar el censo nacional de bocas de expendio y almacenaje de combustibles derivados de petróleo.
· Coordinar, dirigir, controlar y evaluar los resultados de las actividades de los sectores a su cargo, conforme con las polÃticas, normas y procedimientos vigentes.
· Con autorización del Director General de Combustible, representar a éste o al Viceministro de Comercio en reuniones, comisiones y foros en la materia de su especialidad, presentando posteriormente informes y reportes sobre los temas tratados y resultados obtenidos, que sirva de base para la toma de decisiones institucionales.
· Preparar, conjuntamente con los encargados de los sectores a su cargo los requerimientos de bienes y servicios para su inclusión en el Anteproyecto de Presupuesto y Programa Anual de Contrataciones.
· Preparar, conjuntamente con el Director General de Combustibles, el Programa Operativo Anual (POA) de conformidad a las normas y procedimientos vigentes.
· Controlar el uso racional de los materiales, equipos, insumos y útiles varios en los sectores a su cargo.
· Controlar que todos los documentos dirigidos a su sector sean procesados con diligencia en tiempo y forma.
· Participar en reuniones para al Sistema Energético Nacional (SIEN) y Sistema Energético Latinoamericano (OLADE) como representante alterno del MIC.
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