Marco Institucional

Para hacer funcionales y operativas la normativa legal vigente en defensa del consumidor, el Estado cuenta con las siguientes instituciones:

·         El Ministerio de Industria y Comercio (MIC), en el ámbito nacional, y las Municipalidades, en el ámbito local, pudiendo actuar de manera concurrente.

·         El Sistema Nacional Integrado de Protección al Consumidor (SNIPC), conformado por el Ministerio de Industria y Comercio, las Municipalidades que por adhesión voluntaria deseen integrarlo, las Asociaciones de Consumidores, las organizaciones no gubernamentales y los gremios empresariales que voluntariamente soliciten su inclusión. 

¿ Qué busca la Ley 1334/98 ?

El derecho del consumidor, tiene como propósito la búsqueda de un marco de equilibrio en las relaciones de consumo entre proveedores y consumidores o usuarios.

El Rol del Estado en la Aplicación de la Ley Nº 1334/98 “Defensa del Consumidor y del Usuario”

El Estado tiene un papel de Articulador y Regulador de los Instrumentos Legales con que cuenta la ciudadanía como consumidor.

El Rol del Estado y el Derecho del Consumidor en desarrollo - La Finalidad del Derecho del Consumidor

Cuidar de los sujetos que ingresan en el mundo de las relaciones de consumo desprovistos de las herramientas mínimas indispensables para permitirles satisfacer sus necesidades en forma razonablemente equilibrada. 

Pretende equilibrar la dispar relación de fuerzas que implica la concurrencia de consumidores y proveedores en un mercado libre. Es así que, partiendo del presupuesto de la debilidad del consumidor, contempla una serie de soluciones normativas tendientes a mitigar su situación de debilidad y corregir las desviaciones y abusos en las relaciones jurídicas de consumo.

El Rol del Estado en la Protección del Consumidor

Correcto ensamble de las distintas piezas que componen el aparato estatal y que intervienen en cada uno de los diferentes aspectos de su difusión, implementación y aplicación.

Principal garante y responsable por la efectiva protección de los consumidores. El es el único en condiciones de equilibrar esa desvirtuada relación de fuerzas.

Análisis de cada una de las categorías en que puede dividirse su actividad:

·         Esto es la competencia legislativa o de creación de normas;

·         La competencia ejecutiva o de aplicación práctica de normas y políticas; y

·         La competencia punitiva o de aplicación coercitiva de esas normas.

Autoridad de Aplicación de La Ley N° 1.334/98

Art. 40: “En el ámbito nacional será autoridad de aplicación de la presente Ley el Ministerio de Industria y Comercio, y en el ámbito local, las municipalidades; pudiendo ambos actuar en forma concurrente”. 

Facultades y Atribuciones:

·         Mantener un registro de asociaciones de consumidores,

·         Recibir y dar curso a las inquietudes y denuncias de consumidores;

·         Disponer la realización de inspecciones y pericias vinculadas con la aplicación de la Ley;

·         Solicitar informes y opiniones a entidades públicas y privadas en relación con la materia de esta Ley;

·         Disponer de oficio o de parte, la celebración audiencias con la participación de reclamantes o denunciantes, presuntos infractores, testigos y peritos, debiendo actuar previamente como conciliador, tratando de avenir intereses.

¿ Qué función cumple la Autoridad de Aplicación ?

·         A Nivel Ministerial:

·         Formativa (Talleres, seminarios)

·         Preventiva y Correctiva (fiscalizaciones proactivas)

·         Asociativa (trabajo conjunto con el sector privado y la sociedad civil)

·         A Nivel Municipal:

·         Propulsor de toma de conciencia de autoridades municipales

·         Monitor de actividades de acuerdo con los procedimientos administrativos legales

·         Fortaleciendo la gestión municipal.

·         Actuación Administrativa:

·         De Oficio: operativos de control de  rutina con el objetivo de transparentar el mercado y corregir las desviaciones.

·         De Parte: Consultas, Denuncias y Fiscalizaciones.              

 

Jueves, 23 de Mayo de 2013 - 09:49