Beneficios
Aspectos Aduaneros
Importación Temporal con suspensión del pago de aranceles e impuestos.
Régimen de Importación: Las maquiladoras operarán bajo la figura “Admisión Temporaria”; que permite el ingreso al país de bienes de capital, materias primas, insumos, partes y componentes con la suspensión temporal del pago de los aranceles e impuestos, previo afianzamiento en forma de garantía prendaria, hipotecaria, fianza bancaria, dinero efectivo, pólizas de seguro o warrant.
Aspecto Tributario
Tributo Único del Uno (1) %
En sustitución de cualquier otro tributo, se establece un Tributo Único del Uno (1) % a aplicarse sobre:
- El Valor Agregado en Territorio Nacional (factura del servicio maquila, emitido por la maquiladora a la matriz), o
- sobre el valor total del producto, para el caso en que la maquiladora emita factura al cliente final, por cuenta y orden de la matriz.
Recuperación del IVA
En cuanto al Impuesto al Valor Agregado, el Maquilador se constituye en agente de retención, y recupera el IVA retenido y depositado.
Exoneraciones tributarias
Las maquiladoras están exentas de cualquier otro tributo nacional, departamental o municipal, con excepción del Tributo Único del 1 %.
Esta exoneración se extiende a:
1. Tributos Aduaneros establecidos en la Ley 1.173/85 "Código Aduanero" y sus modificaciones.
2. Pago de Tasas por Servicio de Valoración Aduanera.
3. Arancel Consular.
4. Tasa del Instituto Nacional del Indígena (INDI).
5. Tasas Portuarias y Aeroportuarias.
6. Pago por Cánones Informáticos.
7. Cualquier otro impuesto, tasa o contribuciones existentes o a crearse, que graven el ingreso y/o egreso de los Bienes amparados bajo el Régimen de Maquila.
8. La totalidad de los impuestos, tasas y contribuciones que graven las garantías que las Empresas y/o Terceros otorguen y que se relacionen con el Régimen de Maquila.
9. La totalidad de los impuestos tasas y contribuciones que graven los préstamos destinados a financiar las Operaciones de Maquila.
10. Los Tributos que pudieran gravar la Remesa de Dinero relacionadas al Régimen de Maquila.
Para las ventas en el mercado local (máximo 10% de la producción del año anterior, previa autorización del CNIME), deben pagarse todos los aranceles y tributos que fueron suspendidos. Lo mismo se requiere para la nacionalización de sub-productos y desperdicios.
Tratamiento MERCOSUR
Reglas de Origen
Se suma a las ventajas específicas del régimen, el hecho de que los productos procesados por la Maquiladora pueden adquirir ORIGEN MERCOSUR, con lo cual podrán introducirse a los demás Estados Parte sin pagar el Arancel Externo Común.
El Paraguay tiene una ventaja frente a los miembros del MERCOSUR a través de esta regla diferenciada para que los productos obtengan origen.
Criterio: % PARTICIPACIÓN INTRAZONA/EXTRAZONA, Define el valor CIF en el punto de ingreso al Mercosur de los insumos de terceros países (extrazona) MAXIMO respecto del valor total FOB de las mercaderías de que se trate y por ende el valor MINIMO a ser agregado en la región.
Contenido Regional
40 % valor agregado regional
60 % valor agregado extrazona
Hasta el 2023.
Aspectos destacables del Régimen de Maquila
¿Quiénes pueden acogerse a los beneficios de esta Ley?
Cualquier persona, física o jurídica, nacional o extranjera domiciliada en el país y que se encuentre habilitada para realizar actos de comercio puede solicitar la aprobación de un programa de maquila de exportación.
¿Dónde pueden instalarse?
En cualquier parte del territorio nacional, con la única limitación dada por los programas nacionales, departamentales y municipales de desarrollo urbano y cuestiones medioambientales.
¿Con qué figura?
En cualquiera de las formas establecidas en la Ley: Sociedades Anónimas (S.A.), en Comanditas, de Responsabilidad Limitada (S.R.L.), Sucursales de Empresas Extranjeras o Empresa individual con Responsabilidad Limitada.
¿Con qué exigencias en relación a propietarios?
Pueden ser 100% de capital extranjero, 100% nacional, joint ventures. La Ley 117/91 “De inversiones” ofrece las mismas garantías a las inversiones nacionales y extranjeras.
¿Cómo se rigen los Aspectos Medioambientales?
Todo lo que respecta a las cuestiones ambientales, se derivan a las leyes, reglamentos y ordenanzas referentes al mismo.
¿Cómo se rigen los aspectos Laborales?
Todo lo que atañe a esta área, queda derivado al Código Laboral en las cuestiones de fondo y al Código Procesal Laboral para las cuestiones de forma.
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